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BIBLIOTECA ESCOLAR

CATÁLOGO BIBLIOTECA DEL COLE

 

El REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA BIBLIOTECA ESTÁ CONTENIDO EN EL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y SE PUEDE CONSULTAR EN LA CORRESPONDIENTE SECCIÓN DE ESTA WEB.

AQUÍ REPRODUCIMOS EL APARTADO DE LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO. 

7. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

 

                        1. Uso de la Biblioteca:

 

(a)   Para poder hacer uso de la Biblioteca y disfrutar de sus servicios es necesario estar debidamente acreditado como usuario a través del carné.

(b)   Excepcionalmente podrán hacer uso de la Biblioteca Escolar usuarios sin carné a los que el Responsable de la Biblioteca haya autorizado previamente. En ningún caso estos usuarios excepcionales podrán hacer uso del servicio de préstamo.

(c)   No podrá sacarse ningún tipo de fondo de la Biblioteca si no se registra adecuadamente.

(d)   El horario de funcionamiento, las actividades a realizar y los detalles concretos de organización de la Biblioteca se aprobarán cada curso escolar dentro del Plan de Funcionamiento Anual.

(e)   Sólo se podrá acceder a la Biblioteca si está presente el Responsable o persona adulta encargada de su cuidado (Bibliotecario) según determine el Plan de Funcionamiento Anual.

(f)    Los maestros del centro pueden acceder a la Biblioteca libremente, pero no pueden retirar fondos sin la autorización expresa del Responsable y sin que quede debidamente registrado el préstamo.

(g)   La Biblioteca presta los siguientes servicios:

-          Sala de lectura.

-          Sala de consulta.

-          Sala de estudio.

-          Préstamo

-          Actividades de dinamización y fomento de la lectura.

(h)   Durante la jornada escolar, el uso de la Biblioteca está reservado a los alumnos, bien de forma individual bien por clases. Todo grupo de alumnos tendrá reservada al menos una hora semanal durante la cual la Biblioteca estará  a su exclusiva disposición para que pueda realizar las actividades relacionadas con la lectura que el maestro considere oportunas y haya contemplado en su Programación.

(i)     Fuera del horario escolar, el uso de la Biblioteca, cuando esté abierta, es libre para cualquier usuario, salvo que se organicen en ella actividades extraescolares debidamente aprobadas por el Consejo Escolar.

 

                        2. Comportamiento:

 

(a)   En la Biblioteca no se puede comer ni beber.

(b)   Debe mantenerse una actitud respetuosa hacia el resto de los usuarios. Esto implica que:

-          Hay que mantener silencio.

-          No se puede escuchar música, salvo que se utilicen auriculares.

-          No se puede jugar ni correr.

-          Hay que sentarse correctamente.

(c)   Debe respetarse el mobiliario, estando prohibido pintar, rayar o ensuciar estanterías, mesas, sillas y cualquier otro mobiliario que pudiera estar ubicado en la Biblioteca.

(d)   Está terminantemente prohibido usar la mesa del Bibliotecario, su ordenador y cualquier otro material a su servicio.

(e)   Se seguirán estrictamente las indicaciones que dé el Bibliotecario en cada momento.

(f)    Al abandonar la Biblioteca se dejarán perfectamente colocadas las mesas y sillas que se hubiesen utilizado.

 

                        3. Servicio de consulta:

 

(a)   Todos los fondos disponibles en la Biblioteca pueden ser consultados en la misma si se está debidamente autorizado.

(b)   Los fondos que se consulten serán retirados de las estanterías por el usuario que deberá dejarlos después de su uso en el lugar que se destine a este fin, absteniéndose de colocarlos otra vez en la estantería.

(c)   Está terminantemente prohibido escribir, subrayar, doblar, colorear o realizar cualquier otra acción sobre los fondos que pudieran dañarlos.

(d)   El usuario que observe alguna deficiencia en el estado de cualquier fondo debe comunicarlo al Bibliotecario para que este lo ponga en conocimiento del Responsable de la Biblioteca y se repare lo antes posible.

 

                        4. Servicio de préstamo:

 

(a)   Sólo podrán prestarse los fondos que tengan esta característica. Cada tipo de usuario tiene a su disposición una tipología diferente de fondos a los que puede acceder mediante el servicio de préstamo. La condición de prestable o no de un fondo estará debidamente indicada.

(b)   Sin la presentación del carné no se podrá hacer uso del servicio de préstamo.

(c)   Se permite el préstamo de 2 libros simultáneamente durante un período de 15 días naturales, que podrán prorrogarse 7 días más, teniendo que ser devueltos después de esa fecha.

(d)   El resto de fondos de la Biblioteca podrán prestarse durante 7 días naturales. En este caso no hay prórroga alguna.

(e)   Está terminantemente prohibido escribir, subrayar, doblar, colorear o realizar cualquier otra acción sobre los fondos en préstamo que pudieran dañarlos.

(f)    Cuando se produzca cualquier deterioro en el material en préstamo, el usuario debe comunicarlo al hacer entrega del mismo.

(g)   La devolución de lo prestado se hará siempre al Bibliotecario. Es responsabilidad del usuario (o del Bibliotecario en el caso de los alumnos hasta el tercer ciclo de Primaria) asegurarse de que la devolución se realiza correctamente y que se anula la anotación correspondiente.

(h)   Mientras se tengan en préstamo el máximo número posible de fondos de cada tipo no podrán solicitarse nuevos préstamos.

(i)     Se podrán prestar al mismo tiempo libros y fondos de otro tipo.

(j)     En las vacaciones de verano y durante los meses de septiembre y junio no funcionará el servicio de préstamo.

(k)   Los días y horarios de préstamo y devolución se determinarán cada año al inicio del curso escolar en el Plan de Funcionamiento Anual de la Biblioteca.

(l)     Las Bibliotecas de Aula tendrán fondos prestados por la Biblioteca Escolar de manera estable o temporal. En este último caso el período de préstamo será de un mes, prorrogable otros dos períodos iguales.

(m)  Las normas de préstamo en las Bibliotecas de Aula se adaptarán a las necesidades de cada aula, aunque se ajustarán al espíritu de las normas generales de este Reglamento.

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